Introducción
El reconocimiento médico es una práctica muy común en muchas empresas. Se trata de un examen médico que se realiza a los trabajadores para comprobar su estado de salud y detectar posibles patologías. Aunque en principio puede parecer una práctica que no debería contar como horas de trabajo, lo cierto es que está regulada por la ley y, por tanto, sí se considera tiempo trabajado.
¿Qué dice la ley sobre el reconocimiento médico?
La legislación laboral establece que el tiempo que los trabajadores dedican a la realización de reconocimientos médicos obligatorios se considera como tiempo de trabajo efectivo y, por tanto, debe ser remunerado. Esta normativa se aplica a todo tipo de reconocimientos médicos, tanto los que se realizan por motivos de seguridad y salud laboral como los que son obligatorios por motivos legales, como por ejemplo, los que están contemplados en el Estatuto de los Trabajadores.
Además, el tiempo que los trabajadores dedican a los reconocimientos médicos no se puede descontar de las horas laborales. Es decir, aunque el trabajador realice el reconocimiento médico fuera de su horario de trabajo, ese tiempo se considera como tiempo de trabajo efectivo y, por tanto, debe ser remunerado.
¿Incluye el reconocimiento médico las pruebas complementarias?
El reconocimiento médico no solo incluye la visita al médico, sino que también puede incluir pruebas complementarias, como análisis de sangre, electrocardiogramas, radiografías, etc. En este sentido, también se considera tiempo de trabajo el tiempo que se dedica a la realización de estas pruebas.
¿En qué momento se debe realizar el reconocimiento médico?
El momento en que el reconocimiento médico debe realizarse es otro de los aspectos que están regulados por la ley. En general, el reconocimiento médico se realiza cuando el trabajador se incorpora por primera vez a la empresa y, posteriormente, con una periodicidad que suele establecerse en el convenio colectivo.
Es importante tener en cuenta que, aunque el reconocimiento médico se realice fuera de la jornada laboral, se considera como tiempo de trabajo efectivo y, por tanto, debe ser remunerado. Además, si el trabajador tiene que desplazarse a un centro médico para realizar el reconocimiento, los gastos de transporte y los correspondientes a la realización de las pruebas también deben ser sufragados por la empresa.
¿Qué pasa si el reconocimiento médico se realiza durante las vacaciones?
En el caso de que el trabajador tenga que realizar el reconocimiento médico durante sus vacaciones, ese tiempo también se considera tiempo de trabajo efectivo y, por tanto, debe ser remunerado. Además, el trabajador tiene derecho a que se le compensen las vacaciones que haya perdido por este motivo.
Conclusiones
En definitiva, el reconocimiento médico es una práctica que está regulada por la ley y que se considera como tiempo de trabajo efectivo, tanto si se realiza dentro de la jornada laboral como si se realiza fuera de ella. Por tanto, las empresas deben tenerlo en cuenta a la hora de calcular las horas que deben remunerar a sus trabajadores.
Además, es importante que los trabajadores conozcan sus derechos en relación al reconocimiento médico. Si algún trabajador considera que no se le está remunerando adecuadamente por los tiempos dedicados a los reconocimientos médicos, puede recurrir a los servicios de un abogado laboralista que le asesore sobre las medidas que puede tomar.